Diferencias reagrupación y convivencia es un tema clave en procesos de extranjería. Entender sus características ayuda a elegir correctamente el trámite adecuado según cada situación.
Ambas figuras legales tienen objetivos distintos. Por eso, es esencial conocer los requisitos, documentos y ventajas que ofrece cada opción en un entorno legal controlado.
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar permite a un residente extranjero traer a determinados familiares a vivir legalmente con él en España bajo ciertas condiciones administrativas.
Requisitos principales
El solicitante debe residir legalmente en España durante al menos un año. También debe demostrar ingresos estables y vivienda adecuada para la familia.
Documentación necesaria
Se necesita pasaporte del reagrupado, prueba del vínculo familiar (como partida de nacimiento o matrimonio) y justificación de ingresos y contrato de arrendamiento.
Tiempo de resolución
El tiempo medio de resolución es entre dos y seis meses, dependiendo de la oficina de extranjería y la comunidad autónoma donde se tramite.
¿Qué es la convivencia acreditada?
La convivencia acreditada se refiere a la prueba de una relación de hecho entre dos personas, que comparten vivienda y una relación estable no matrimonial.
Definición legal
Legalmente, se reconoce como una pareja de hecho no registrada. Para demostrarla, se necesita documentación que acredite convivencia continua por un tiempo determinado.
Casos comunes de aplicación
Es común en solicitudes de residencia de parejas no casadas, así como en procesos de regularización con ciudadanos de la Unión Europea.
Pruebas que la demuestran
Se aceptan contratos de alquiler conjuntos, cuentas bancarias compartidas, empadronamiento en el mismo domicilio, declaraciones notariales y fotografías con valor probatorio.
Diferencias clave entre ambas figuras
Aunque puedan parecer similares, existen diferencias esenciales entre la reagrupación familiar y la convivencia acreditada que afectan el tipo de trámite y requisitos.
Finalidad del trámite
La reagrupación busca reunir a familias legalmente constituidas. En cambio, la convivencia acreditada reconoce relaciones personales fuera del vínculo matrimonial o consanguíneo.
Vínculo requerido entre personas
La reagrupación exige parentesco directo o vínculo conyugal. La convivencia acreditada se basa únicamente en la relación afectiva y la convivencia continuada.
Tipos de permisos o beneficios
Ambos casos permiten solicitar residencia, pero con condiciones diferentes. Los derechos laborales y de residencia pueden variar según la figura legal utilizada.
¿Cuál es más conveniente según el caso?
Si se trata de padres, hijos o cónyuges, lo más conveniente es la reagrupación. Para parejas no casadas, la convivencia acreditada es la mejor opción.
La elección dependerá del tipo de relación, la documentación disponible y los objetivos migratorios o administrativos de la persona solicitante.
Cómo realizar estos trámites desde una notaría online en Parla
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Todo el proceso se realiza mediante firma electrónica, garantizando validez jurídica, confidencialidad y cumplimiento de la normativa legal vigente.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las principales diferencias reagrupación y convivencia en el ámbito legal?
Las diferencias reagrupación y convivencia se centran en el tipo de vínculo que se requiere.
La reagrupación familiar exige un vínculo legal comprobado, como matrimonio o parentesco directo.
En cambio, la convivencia acreditada se basa en una relación de pareja no registrada, demostrada mediante pruebas de convivencia continua.
Ambos trámites permiten solicitar residencia, pero con requisitos y finalidades distintas.
¿Puedo solicitar residencia por convivencia acreditada sin estar casado?
Sí. La convivencia acreditada permite solicitar residencia sin necesidad de estar casado ni registrado como pareja de hecho.
Debe demostrarse que existe una relación estable y duradera, con documentación como contratos conjuntos, empadronamientos y declaraciones notariales.
Este procedimiento es válido para parejas extranjeras o en relación con ciudadanos de la Unión Europea.
¿Qué trámite es más rápido: reagrupación familiar o convivencia acreditada?
En general, los plazos de ambos trámites pueden variar según la oficina de extranjería y la comunidad autónoma.
Sin embargo, la convivencia acreditada suele tener un proceso más ágil cuando la documentación está completa.
La reagrupación familiar puede requerir mayor verificación, especialmente si se realiza desde el extranjero.
Por ello, conocer las diferencias reagrupación y convivencia ayuda a elegir la opción más eficiente.
¿Puedo realizar estos trámites desde una notaría online en Parla?
Sí. Ambos procedimientos pueden comenzar con documentación notarial digital, gestionada desde una notaría online en Parla.
Es posible generar actas de manifestación, declaraciones juradas y otros documentos necesarios para acreditar relaciones y convivencias.
Todo se realiza de forma 100% online, con firma electrónica y plena validez jurídica en España.
Tanto la reagrupación familiar como la convivencia acreditada son figuras útiles para regularizar situaciones personales. Elegir correctamente ahorra tiempo y evita complicaciones legales futuras